Brindando coberturas como:
Se puede acudir a consultas de especialidad, a recomendaciones del médico tratante de primer contacto.
El médico tratante extenderá un pase de referencia para hacer uso del servicio de terapias de rehabilitación necesarias para el tratamiento.
Se otorga el servicio orientación médica brindado telefónicamente por médicos, capacitados para determinar la opción más conveniente para la atención de la urgencia.
Se otorga el servicio de atención médica de primer contacto vía remota para el diagnóstico oportuno de enfermedades o padecimientos de Medicina General, especialidad o tratamiento.
A través de los siguientes medios:
Estudios de laboratorio y/o gabinete que sirven de apoyo para el diagnóstico de los padecimientos.
Prescritos por el médico tratante y que estén relacionados con el diagnóstico de la consulta.
Se cubre transporte del asegurado desde el lugar donde ocurra la urgencia hacia el hospital, centro de tratamiento y/o diagnóstico.
El alcance de la cobertura es:
Derivado de una enfermedad o accidente cubiertos, se otorgará endoprótesis, aparatos de prótesis, osteosíntesis y órtesis.
Hasta por 30 días, 3 turnos por día, cuando sea prescrito por el médico tratante.
Cobertura por un plazo máximo de 24 semanas, siempre y cuando sea prescrito por el médico tratante.
Urgencia médica real en el extranjero hasta la suma asegurada de 300,000 dlls. y un copago de 50 dlls.
Se cuenta con servicio de hospital para corta y larga estancia, siempre y cuando éste se programe y/o se autorice.
Se cubren los honorarios médicos y gastos generados por la atención de la urgencia médica real, aplicando el copago correspondiente.
Se otorga la cobertura de parto o cesárea, complicaciones del embarazo y la atención del recién nacido sano, hasta la suma asegurada contratada para esta cobertura.
Se proporciona un máximo de 10 sesiones por año póliza a consecuencia de las enfermedades mencionadas en condiciones generales.
De acuerdo con la cartilla básica de vacunación contenida en las Condiciones Generales.
Como beneficio el asegurado podrá atender su padecimiento con prestadores fuera de la red, aplicando los siguientes copagos:
• 25% adicional al aplicable en caso de urgencia médica real.
• 50% adicional al aplicable en caso de atención médica.
Gastos correspondientes a la compra de sustitutos de leche materna prescritos por el médico tratante durante los primeros seis meses de vida del recién nacido o hasta la suma asegurada contratada para esta cobertura.
Se cubren los gastos correspondientes a cristales o micas, sencillas, blandas, monofocales y bifocales una vez al año. Siempre y cuando sean prescritos por el Oftalmólogo tratante, hasta por $1,500.
*Servicio otorgado por MAS Servicios Asistenciales
**Servicio otorgado por DENTEGRA
El alcance de las coberturas podrá variar dependiendo del plan o producto contratado, para mayor información consulta las Condiciones Generales del Producto.